Coberturas

Nuestras Coberturas

Básicas

Canon

Canon de arrendamiento y reajustes acordados en el contrato.

Administración

Las cuotas de administración ordinarias acordadas en el contrato, siempre y cuando el inmueble este bajo el régimen de propiedad horizontal.

Servicios Públicos

El valor de los servicios públicos que tu como arrendador hayas asumido en la entrega del inmueble arrendado.

Exclusiones a la cobertura básica
    • Clausulas penales, multas, intereses sobre cánones de arrendamiento o cuotas de administración o cualquier otra sanción económica.
    • Cuotas de administración extraordinarias, multas e intereses que se hayan generado por el incumplimiento en el pago en las cuotas de administración, ni sanciones establecidas dentro del reglamento de propiedad horizontal.
    • Cánones de arrendamiento, cuotas de administración, reajustes o servicios públicos domiciliarios que:

a) No estén pactados por escrito, no se ajusten a la ley o que no haya sido notificada a SURA según las condiciones de este seguro.

b) El arrendatario haya dejado de pagar, porque el arrendador no cumplió con las obligaciones legales y contractuales.

c) El arrendador haya condonado o compensado al arrendatario mediante acuerdo escrito.

Para más información de las exclusiones del seguro, consulta el condicionado general (PDF del condicionado)

Adicionales

Asistencia Domiciliaria

Te pagaremos las reparaciones de los daños de plomería, electricidad, cerrajería o vidrios externos del inmueble arrendado, en forma de prestación de servicios o reembolso con previa autorización.

Exclusiones asistencia domiciliaria
    • SURA no prestará los servicios de asistencia en los siguientes casos:

      • Cuando hayan ocurrido fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario, tales como inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, huracanes, tempestades ciclónicas y caídas de cuerpos siderales.
      • Cuando en el territorio colombiano se presenten actos de terrorismo, guerra interior o exterior, revolución, rebelión, sedición, asonada o actos violentos motivados por conmoción social o por aplicación de la ley marcial, prestación del servicio militar, naval, aéreo o de policía.
      • Cuando se presente fisión o fusión nuclear o radioactividad.

      Para más información de las exclusiones del seguro, consulta el condicionado general (PDF del condicionado)

Daños y Faltantes

Te pagamos los daños y faltantes de los bienes que incluyas en el inventario inicial del contrato, siempre y cuando se comprueben al momento de la entrega del inmueble. Ten presente que no podemos cubrir esos daños o faltantes cuando son producto del deterioro del tiempo, por ejemplo, la pintura, fisuras en las paredes, humedades, desprendimiento de techos, entre otros.

Exclusiones daños y faltantes
  • Daños y deterioros ocasionados por un uso normal del inmueble arrendado o por el paso del tiempo, como serían pintura, obstrucción de las tuberías, fisuras en las paredes o muros, humedades, roturas de tuberías de acueducto o alcantarillado, desprendimiento de techos o losas y cortos circuitos.
  • Elementos dañados o faltantes que no se encuentren relacionados en el inventario realizado al inicio del contrato de arrendamiento.
  • Modificaciones realizadas a las estructuras, muros, instalaciones permanentes que hagan parte del inmueble arrendado, autorizadas por el arrendador.
  • Dolo o mala fe del arrendador
  • Daños al inmueble generados por la suspensión, reconexión o reinstalación de los servicios públicos.

Para más información de las exclusiones del seguro, consulta el condicionado general (PDF del condicionado)

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